
1. ¿Qué es política educativa?
Es un quehacer político dirigido, en definitiva, a los aspectos o fenómenos educativos que se resuelve en hechos, en actos políticos, desde las instancias del poder: desde la promulgación de cualquier norma de rango menor hasta la reforma e implantación de un nuevo sistema educativo o la orientación de la tarea y de la acción educadora de la sociedad.
Se entiende por política educativa aquellos asuntos que vinculan al estado con la materia educativa en general, y más específicamente con la educación formal. De este modo, normalmente quedan afuera de esta área las cuestiones de educación política no formal, y de educación política no estatal, es decir, educación política en sentido amplio.
Se entiende entonces que política educativa refiere a la intervención del estado en la educación de la población, particularmente a través del aparato educativo estatal.
La función del estado es atender que queden satisfechas las demandas educativas de la sociedad.
La estructuración del aparato educativo estatal nunca refleja una visión política de la educación con exclusión de otras. La organización y acción del estado siempre es una resultante compleja que combina propuestas e intereses de distintas clases, sectores y grupos sociales, aunque siempre da prioridad a los intereses de los sectores dominantes.
Entonces las dos tendencias básicas en cuanto a la función del estado en educación: a) Para la visión conformista, el estado debe satisfacer la demanda educativa del mercado, en tanto que b) Para la visión crítica, el estado, mediante la acción educativa, debe transformar la sociedad a favor de las mayorías populares.
El objeto de la política educativa son los aprendizajes futuros, posibles y deseables de una sociedad determinada. Porque los hombres somos capaces de aprender a ser mejores, de crear posibilidades inéditas, de indagar sobre las maneras como aprendemos y asimilamos valores, como inventamos comportamientos ciudadanos democráticos y construimos nuevos proyectos colectivos. Por eso, el objeto de la política educativa se extiende a las posibilidades de la inteligencia no menos que hacia los mundos misteriosos de la intuición y los sentimientos, del arte, de la convivencia y las éticas sociales; con todo se relaciona y de todo se nutre.
2. ¿Qué es Legislación Educativa?
El momento clave para el reconocimiento del derecho a la educación, como inherente y fundamental a todas las personas, se da hasta el año 1948, por medio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
La Legislación Educativa, encuentra su marco teórico en el Derecho positivo y se puede definir como el conjunto de instrumentos jurídicos que norman la educación en nuestro País a partir del artículo tercero Constitucional y atendiendo al principio de obligatoriedad de la educación el artículo treinta y uno fracción primera del mismo ordenamiento. Así como las leyes ordinarias tales como la Ley General de Educación y sus reglamentos, y las leyes de educación de los Estados de la República. Esta materia de estudio, como parte del derecho positivo, desde el punto de vista de su enseñanza se inscribe en el marco teórico de la didáctica.










